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Proceso de Reversión de Pago
PROCEDIMIENTO DE REVERSION DE PAGOS DE SUPERMERCADOS MAS POR MENOS S.A.S.
¿QUÉ ES LA REVERSIÓN DEL PAGO?
Es el mecanismo a través del cual los clientes de SUPERMERCADOS MAS POR MENOS S.A.S. tienen por Ley el derecho a reversar el pago realizado por un bien y/o servicio siempre y cuando aplique alguna de las siguientes causales:
1. Cuando sean objeto de fraude.
2. Cuando no hayan solicitado esa operación.
3. Cuando el producto adquirido no sea recibido.
4. Cuando el producto entregado no corresponda a lo solicitado, no cumpla con las características inherentes o las atribuidas por la información que se suministre sobre él.
5. Cuando el producto entregado se encuentre defectuoso.
La reversión se podrá solicitar cuando la operación se hubiere realizado a través de mecanismos de COMERCIO ELECTRÓNICO y su pago hubiere sido con tarjetas de crédito, débito o cualquier otro instrumento de pago electrónico.
¿PUEDO SOLICITAR UNA REVERSIÓN PARCIAL?
Sí, cuando la adquisición corresponda a varios productos, podrá solicitar a la reversión parcial del pago de aquellos respecto de los cuales se presente alguno de los eventos mencionados en el ítem anterior. Se deberá expresar de manera clara cuál es el valor por el cual se solicita la reversión, el cual deberá corresponder al valor del producto o productos respecto de los cuales se presenta la causal.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA REVERSIÓN?
1. Queja ante SUPERMERCADOS MAS POR MENOS S.A.S.
Como cliente debes interponer una queja ante nuestra Sociedad, a través del siguiente LINK o correo electrónico
Dentro del mismo plazo de cinco (5) días hábiles que el consumidor tiene para presentar la queja ante SUPERMERCADOS MAS POR MENOS S.A.S., deberá notificar al emisor del instrumento de pago electrónico utilizado para realizar la compra por los canales que este disponga de la reclamación referida a la adquisición del bien o servicio.
La solicitud deberá radicarse a través del formulario, indicando como mínimo lo siguiente:
1. Manifestación expresa de las razones que fundamentan la solicitud de reversión del pago.
2. Indicar la causal que sustenta la petición, la cual debe corresponder a las causas anteriormente mencionadas.
3. Valor por el que solicita la reversión.
4. Identificación de la cuenta bancaria, tarjeta de crédito o instrumento de pago al que fue cargada la operación.
Una vez interpuesta la queja, SUPERMERCADOS MAS POR MENOS S.A.S. emitirá constancia de la presentación de la misma, con indicación de la fecha y causal que la sustentan.
2. Notificación al emisor del instrumento de pago electrónico:
Como cliente debes tener en cuenta que al solicitar la reversión del pago deberás notificar a la entidad emisora la reclamación realizada, indicando las razones con las que fundamentas esta solicitud, la causal de la reversión, el valor de la reversión, identificación de la transacción que se realizó para el pago (número, fecha y hora), asociar la cuenta usada para la operación y la constancia (PQRS) de la notificación a SUPERMERCADOS MAS POR MENOS S.A.S., y si aplica, indicar que el producto fue devuelto.
Dentro del mismo plazo de cinco (5) días hábiles que el consumidor tiene para presentar la queja ante SUPERMERCADOS MAS POR MENOS S.A.S., deberá notificar al emisor del instrumento de pago electrónico utilizado para realizar la compra por los canales que este disponga de la reclamación referida a la adquisición del bien o servicio.
Para tal efecto, será suficiente la notificación del consumidor en la cual se indique el hecho de haber satisfecho la obligación de devolver el bien cuando sea procedente y el soporte o constancia de presentación de la queja al proveedor.
Cuando el consumidor del bien o servicio no sea el mismo titular del instrumento de pago, la notificación al emisor de dicho instrumento deberá ser presentada por el titular del producto financiero.
La notificación al emisor del instrumento de pago deberá contener como mínimo lo siguiente:
1. Manifestación expresa de las razones que fundamentan la solicitud de reversión del pago.
2. Indicar la causal que sustenta la petición, la cual debe corresponder a las causas anteriormente mencionadas.
3. Valor por el que se solicita la reversión.
4. Identificación de la transacción realizada con indicación de número, fecha y hora, si fuere el caso.
5. Identificación de la cuenta bancaria, tarjeta de crédito o instrumento de pago al que fue cargada la operación.
6. Constancia de la queja presentada ante el proveedor.
TRÁMITE DE LA REVERSIÓN DEL PAGO.
Una vez presentada la solicitud de reversión ante el emisor del instrumento de pago electrónico utilizado, SUPERMERCADOS MAS POR MENOS S.A.S. y el EMISOR DEL PAGO dispondrán de un término quince (15) días hábiles para hacerla efectiva.
Una vez presentada la solicitud de reversión ante el emisor del instrumento de pago electrónico utilizado, los participantes del proceso de pago dispondrán de un término de quince (15) días hábiles para hacerla efectiva.
Para el efecto, cuando el emisor del instrumento de pago realice la reversión, verificará por una sola vez por solicitud la existencia de fondos en la respectiva cuenta y procederá a efectuar los descuentos de acuerdo con el orden cronológico en que fueron presentadas las notificaciones.
En contra de la solicitud de reversión del pago será oponible la inexistencia de la operación, la inexistencia de fondos, y la omisión de informar la causal alegada y que sustenta la solicitud de la reversión.
La reversión de la transacción se hará de manera parcial cuando no existan recursos suficientes en la cuenta del proveedor. En estos casos, el proveedor deberá reembolsar directamente al consumidor del producto el valor de la transacción o el monto faltante. En todo caso, el emisor del instrumento de pago deberá informar de ello al consumidor.
● Cuando el consumidor del bien o servicio no sea el mismo titular, la notificación a Supermercados Mas por Menos deberá ser presentada por el titular del producto financiero.
● En contra de la solicitud de reversión del pago será oponible: La inexistencia de la operación, la inexistencia de fondos, y la omisión de informar la causal alegada y que sustenta la solicitud de la reversión.
● La reversión de la transacción se hará de manera parcial cuando no existan recursos suficientes en la cuenta del proveedor. En estos casos, el proveedor deberá reembolsar directamente al consumidor del producto el valor de la transacción o el monto faltante.
Para más información cerca de la reversión de pagos visita:
https://www.youtube.com/watch?v=9or0F0g-iK8