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TÉRMINOS Y CONDICIONES “CANJE PUNTOS NISSAN MARCH 2025”
Con el objeto de establecer los términos y las condiciones bajo los cuales funcionará el sorteo denominado “CANJE PUNTOS NISSAN MARCH 2025”. Se establecen en el presente documento las disposiciones de obligatorio cumplimiento para los participantes y organizadores del evento, quienes, por el simple hecho de hacer parte del mismo, declaran conocer y aceptar estos términos, las condiciones y restricciones del sorteo, a saber:
Primero. NOMBRE DEL EVENTO.
El evento se denominará “CANJE PUNTOS NISSAN MARCH 2025”.
Segundo. RESPONSABLE
El organizador y responsable del evento es SUPERMERCADOS MAS POR MENOS S.A.S., quien para efectos del presente documento se denominará EL ORGANIZADOR.
Tercero. ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente sorteo aplicará para los clientes de EL ORGANIZADOR en la ciudad de Barrancabermeja, Bucaramanga y su área Metropolitana, en los siguientes puntos de venta:
PUNTO DE VENTA | DIRECCIÓN | MUNICIPIO |
---|
Cuarto. DE LOS PARTICIPANTES
Los participantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
● Ser mayor de edad. Para acreditar este requisito deberá presentar el documento que así lo acredite, en el momento de la entrega del premio.
● Estar vinculado en nuestra base de datos al Programa “CLIENTE AMIGO MAS X MENOS” y tener un acumulado mínimo de cien (100) puntos redimidos.
● Realizar compras en SUPERMERCADOS MAS POR MENOS S.A.S., ya sea en efectivo, tarjeta débito, crédito o bono regalo Mas X Menos.
RESTRICCIONES:
No podrán ser partícipes del evento las siguientes personas:
● Personas jurídicas.
● Afiliados menores de edad.
● Empleados de EL ORGANIZADOR, y/o sus familiares hasta 3° grado de consanguinidad, 2° grado de afinidad y 2° grado civil.
● Empleados de concesiones y personal externo de marcas proveedoras de productos y servicios de todos los SUPERMERCADOS de EL ORGANIZADOR en las ciudades de Barrancabermeja, Bucaramanga y su área Metropolitana.
● Las personas que de alguna manera hayan atentado contra el patrimonio económico o el buen nombre de la sociedad EL ORGANIZADOR, sus socios y/o sus directivos.
Quinto. CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN
El presente sorteo se organiza con el objetivo de impulsar e incentivar el uso de los puntos acumulados por CLIENTE AMIGO MAS X MENOS durante el año, en los puntos de venta de EL ORGANIZADOR, premiando la fidelidad y participación de todos los consumidores en condiciones de igualdad. Por ese motivo, EL ORGANIZADOR excluirá de manera inmediata a cualquier participante que emplee medios fraudulentos o incumpla las cláusulas estipuladas por el sorteo.
En el caso que EL ORGANIZADOR detecte antes, durante o posteriormente a la entrega del premio, el incumplimiento del participante de las disposiciones contenidas en el presente documento o que haya incurrido en medios fraudulentos, EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de ejercer las acciones legales tendientes a la devolución del premio, junto con las consecuencias legales a que haya lugar.
Sexto. VIGENCIA DEL EVENTO
INICIO EVENTO | VIERNES 01 DE NOVIEMBRE DE 2024 |
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FINALIZACION EVENTO | SÁBADO 1 DE MARZO DE 2025 |
SORTEO | LUNES 10 DE MARZO DE 2024 |
Séptimo. MECÁNICA DE LA ACTIVIDAD
En los puntos de venta de EL ORGANIZADOR ya mencionados, por cada CIEN (100) PUNTOS REDIMIDOS, el cliente se hará acreedor a una boleta, la cual deberá depositar en el buzón asignado al evento dentro del punto de venta.
Octavo. PLAN DE PREMIOS
El plan de premios está comprendido por:
Cantidad | Descripción del Premio | No. Ganadores |
---|---|---|
1 | NISSAN MARCH 1.6 SENSE 2025 | 1 |
--- TOTAL --- | 1 |
- Participarán las boletas depositadas en el buzón correspondiente a la actividad, el cual se encuentra en cada punto de venta, durante la vigencia de la actividad.
- El premio no podrá ser cambiado por otro ni convertir el valor de este en dinero efectivo u otros bienes.
Teniendo en cuenta que EL ORGANIZADOR no es productor, ni fabricante, ni ensamblador de vehículos, el cliente ganador mantendrá indemne a EL ORGANIZADOR contra toda reclamación legal que suscite como consecuencia de las fallas en la calidad e idoneidad, mal funcionamiento, vicios redhibitorios o los perjuicios que pudieren llegar a sufrir por causas externas a las obligaciones de EL ORGANIZADOR.
De acuerdo a lo anterior, la garantía legal debe hacerse efectiva presentado el acta de entrega de los premios como también cualquier reclamación deberá realizarse ante el concesionario y/o fabricante del vehículo.
Noveno. SELECCIÓN DE LOS GANADORES
El mecanismo del sorteo será el siguiente:
● El sorteo iniciará a las 5:30 P.M. del DIEZ (10) de MARZO de dos mil veinticinco (2025), en las instalaciones de Mas x Menos CARRERA 27 # 29-145 C.C.PARQ CARACOLI, Santander, el cual será trasmitido en vivo por las redes sociales de Facebook e Instagram.
● Cada uno de los buzones de los veinticuatro (24) puntos de venta estará marcado con el nombre del Punto de venta al que corresponde.
● La elección del ganador se realizará al azar, se colocarán las boletas de los veinticuatro (24) buzones en un solo lugar y se sacará una boleta la cual será la ganadora.
● Los clientes que durante la vigencia de la actividad soliciten anular las boletas con las cuales estaban participando, no podrán ganar y se procederá a elegir un nuevo ganador.
Para velar por la transparencia del evento se contará con una Comisión de Supervisión y Vigilancia comprendida por Revisoría Fiscal, Control Interno, Dirección General, Dirección Comercial y/o delegado de EL ORGANIZADOR.
Décimo. ENTREGA DE PREMIOS
Una vez se efectúe el sorteo se dejará constancia mediante Acta de Sorteo de Premios, se llamará al ganador y se hará la respectiva entrega.
Después del sorteo, EL ORGANIZADOR procederá a notificar vía telefónica al ganador, quien será la persona que aparece con el número seleccionado en el sistema de EL ORGANIZADOR. El ganador tendrá un término de treinta (30) días calendario para presentarse a aceptar el premio y si transcurrido ese término no se presenta o no se ha logrado hacer contacto, caducará la oportunidad de ser acreedor de este. En tal caso, el diez (10) de Abril de dos mil veinticinco (2025) se elegirá otro ganador, aleatoriamente, entre el total de boletas participantes de los veintitrés (24) puntos de venta.
En caso de que el ganador, no pueda asistir a la entrega del premio, deberá otorgar un poder escrito, documento que debe estar debidamente autenticado con diligencia de reconocimiento de contenido ante una notaría de la ciudad anexando fotocopia de su documento de identificación y de la persona delegada para reclamar el premio. Si reside fuera del país deberá otorgar un poder escrito otorgado ante embajada o consulado de Colombia en el país extranjero anexando fotocopia del documento de identidad o cédula de extranjería al igual de la persona delegada para reclamar el premio.
En todo caso EL ORGANIZADOR, se reserva el derecho de verificar la autenticidad y de recibir el documento. El ganador deberá presentar un documento de identidad válido si es colombiano y si es extranjero deberá tener pasaporte y/o cédula de extranjería válida.
Undécimo. DISPOSICIONES GENERALES
● La falsedad en cualquier documento o en los datos será causal de exclusión del sorteo y dará lugar en todo caso al inicio de acciones legales.
● La falta de alguno de los datos obligatorios contenidos en el presente reglamento, motivarán la anulación del participante.
● Todas las personas participantes declaran que conocen y aceptan íntegramente las condiciones y restricciones del evento, renunciando por tanto a reclamaciones administrativas o judiciales en contra de EL ORGANIZADOR que tengan como base condiciones diferentes o no estipuladas en el presente reglamento.
● El ganador deberá firmar el acta de entrega de los premios al igual que el consentimiento de la utilización de su imagen por parte de EL ORGANIZADOR.
● La negativa del participante a proporcionar los datos calificados como obligatorios implicará la imposibilidad de participar en el sorteo.
● Los premios estarán sujetos a la normatividad tributaria vigente.
● EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de modificar las bases del sorteo. En todo caso las modificaciones se darán a conocer a los participantes antes del mismo.
● La violación a las cláusulas y/o procedimientos establecidos en el presente reglamento conllevará a la eliminación del participante y la obligación para este de devolver inmediatamente el premio si hubiere sido entregado.
● Los desprendibles y/o boletas no son acumulables, es decir que finalizado el sorteo se procederá a la destrucción de acuerdo al procedimiento establecido por EL ORGANIZADOR.
● El premio es único y no podrá ser cambiado por ningún otro producto o convertir el valor del mismo en dinero efectivo u otros bienes.
● Los costos de ganancia ocasional, traslado a la ciudad del ganador, impuestos y demás gastos no especificados deben ser asumidos por el ganador.
● Las imágenes y fotografías presentadas en las piezas gráficas fueron elaboradas con fines ilustrativos y de carácter referencial y no constituyen necesariamente una representación exacta de la realidad, su único propósito es mostrar una caracterización general.
● Participarán las boletas redimidas del primero (01) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) hasta el primero(01) de Marzo de dos mil veinticuatro (2024).
Duodécimo. DERECHOS DE IMAGEN
El ganador acepta que su imagen personal pueda ser fotografiada, expuesta, utilizada, publicada o difundida por EL ORGANIZADOR sin que el participante pueda reclamar o cobrar derecho alguno por su exhibición o reproducción. La finalidad del uso de la imagen es la de informar sobre el resultado de dicho sorteo, así como de promocionar el producto publicitado en los medios de comunicación que EL ORGANIZADOR estime convenientes (revistas, prensa, radio, redes sociales y telefonía móvil televisión o Internet). Dicha autorización se realizará de acuerdo al término y en las condiciones establecidas en la Ley 23 de 1982, la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, o aquellas que las adicionen o modifiquen, y aplicará para todo el territorio colombiano.
Decimotercero. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
AVISO DE PRIVACIDAD
En cumplimiento de la Ley 1581 de 17 de octubre de 2012, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normatividad de desarrollo, se han implementado procedimientos y políticas para tratar, recolectar, almacenar, usar, procesar y/o compartir datos personales, que serán incorporados en una base de datos de propiedad de EL ORGANIZADOR. Estos datos serán recogidos y tratados siguiendo la Política de Tratamiento vigente elaborada para definir la finalidad de la recolección de los datos, impedir el acceso o uso indebido de los datos por terceros, su manipulación, alteración, deterioro o pérdida, como método de consulta la pueden ejercer en la siguiente dirección: Predio la Vega, Km 2, Vía Bucaramanga - Girón. Igualmente, se informa sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos a través de la dirección señalada.
AUTORIZACIÓN CLIENTES
Los datos personales que ofrecen los participantes, serán incluidos, tratados, recolectados, almacenados, usados y procesados en una base de datos propiedad de EL ORGANIZADOR cuya finalidad es gestionar el envío por nuestra parte de nuestros bienes y servicios y productos que creemos puedan resultar de su interés y hacerle partícipe de nuestros eventos publicitarios. EL ORGANIZADOR garantiza el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos facilitados. Si se desea consultar o eliminar los datos, puede hacerse mediante comunicación escrita dirigida al correo electrónico jorgedavid.delgado@mxm.com.co o entregada en servicio al cliente de cualquiera de nuestros Supermercados. Todo lo anterior, acorde con el AVISO DE PRIVACIDAD Y POLÍTICA DE TRATAMIENTO que se podrá consultar en nuestra página web www.mxm.com.co.